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jueves, 28 de marzo de 2013

Prevención de Incendios Forestales, Semana Santa y Pascua 2013.


Conforme con a la Orden del 2 de marzo del 2005, (DOGV Nº. 4959 de 04-03-2055) de la Consellería de Territorio y Vivienda, por la que se regulan medidas extraordinarias para la prevención de incendios forestales durante el periodo de Semana Santa y Pascua, entre el 28 de marzo y el 8 de abril del 2013, ambos inclusive, quedan prohibidas, como medida precautoria general, en los terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad de 500 metros de aquellos, las acciones o actividades siguientes:
a) La quema de márgenes de cultivos o de restos agrícolas o forestales. 
b) La quema de cañares, carrizales o matorrales ligada a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo. 
c) Operaciones de destilación de plantas aromáticas. 
En los planes locales de quemas aprobados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la citada Orden, quedarán en suspenso las acciones o actividades anteriormente citadas que, para esos días, puedan contemplar dichos planes. Asimismo, quedarán en suspenso todas las autorizaciones de quema concedidas para esos días.
De acuerdo con lo anterior y excepto que se establezca el nivel 3 de preemergencia por incendios forestales, no existirá restricción a la utilización del fuego en los lugares preparados y, autorizados a este efecto dentro de las instalaciones recreativas forestales.

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